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ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE
GESTIÓN

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PROCEDIMIENTO PAGO DE CONDENAS JUDICIALES (SENTENCIAS)


VERSION: 5.0

  CÓDIGO: MIGPEGPEPT26   FECHA DE APROBACION: 30 - NOVIEMBRE - 2018

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Tipo de proceso:  MI    MISIONAL
Proceso:  MIGPE    GESTION DE PRESTACIONES ECONOMICAS
Procedimiento:  MIGPEGPEPT26    PAGO DE CONDENAS JUDICIALES (SENTENCIAS)
Acrividades Responsable del Procedimiento:
 
   COORDINADOR GRUPO INTERNO GESTION PRESTACIONES ECONOMICAS.
 
Actividades Entorno Entorno Imprimir Imprimir
Entorno
Objetivos Establecer el procedimiento mediante el cual se ordene dar cumplimiento a una sentencia judicial por medio de un acto administrativo (resolución), de forma integral y efectiva, señalando el término y la trazabilidad que tiene cada etapa del proceso. A su vez, identificar y solicitar a las dependencias financiera, jurídica, archivo central y atención al ciudadano, la información que sea de su competencia, haciendo énfasis en que el término establecido por la Subdirección de Prestaciones Sociales para dar cumplimiento a una sentencia judicial de forma integral y efectiva, es de cuatro (4) meses contados desde la radicación de la solicitud del beneficiario o del apoderado de la entidad hasta la inclusión en nómina, retroactivo o pago de agencias, según corresponda.


 

Alcance El proceso inicia con el requerimiento del CDP y la solicitud de pago de sentencia y/o radicación de la copia auténtica de la Sentencia con la Constancia de ejecutoria expedida por el Juzgado de conocimiento. Dicho trámite ingresa por el Proceso Gestión Documental y Atención al Ciudadano, luego es remitida al GIT Prestaciones Económicas para que haga la solicitud respectiva del expediente al archivo general. Dicho expediente se revisa y acto seguido, se solicita, la información correspondiente al proceso Gestión Recursos Financieros; Asistencia Jurídica – GIT de Defensa Judicial, Dian, Consultas en la página de la Rama Judicial y la Registraduría Nacional. El proceso continua con el proyecto de acto administrativo el cual es revisado por el abogado sustanciador, para luego expedir el acto administrativo, este se envía para numeración de la resolución y luego llega al área de notificaciones para realizar el envío de la citación al beneficiario. Al mismo tiempo se oficia al proceso Gestión Recursos Financieros, para la inclusión en nómina, el pago de retroactivo (si hay lugar), y agencias en derecho (si hay lugar) y pago de seguridad social en salud, por medio de la planilla integrada de liquidación de aportes P.I.L.A). Proceso termina.


 

Documentos de consulta

Externos
CodigoNombre
1524Consulta electrónica con la DIAN sobre deudas del beneficiario del fallo judicial en los casos a que haya lugar
1548Página de la rama judicial – consulta de procesos –
4185Registraduría Nacional: Certifica la vigencia de la cédula de ciudadanía del beneficiario por medio de página de internet.
Internos
CodigoNombre
MIGPEGPEPT26Archivo Cuaderno administrativo
1053Defensa Judicial Copia auténtica de la Sentencia y constancia de ejecutoria, liquidación de crédito incluyendo costas y agencias en derecho expedida por el juzgado.
3202Defensa Judicial informa mediante memorando si hubo entrega de títulos y el estado actual del proceso judicial
1213Memorandos de Subdirección Financiera: Tesorería informa mediante memorando si hubo embargo de las cuentas del FPS.
3208Subdirección Financiera – Grupo de Liquidaciones: para verificación final de la liquidación del crédito
 

Relaciones Externas

N/A


 

Interrelación de procedimientos:

NOTIFICACION DE RESOLUCIONES FUERA DE BOGOTA
REVISION Y RADICACIÓN DE CORRESPONDENCIA EXTERNA RECIBIDA PRESENCIAL
NOTIFICACION DE RESOLUCIONES EN BOGOTA
EXPEDICION DE CERTIFICADOS DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
REGISTRO DE OBLIGACIONES PRESUPUESTALES
INCLUSION DE PENSIONADOS EN NOMINA
EXPEDICIÓN DE REGISTRO PRESUPUESTAL
PAGOS PRESUPUESTALES

 

Normatividad

Ley 344 de 1996 ( )
Decreto 1591 de Julio 8 de 1989 ( )
Ley 446 de 1989 ( Ley 446 de 1989 )
Decreto 768 de 1993 ( )
Decreto 2126 de 1997 ( )
Ley 100 de 1993 ( )
Ley 797 de 2003 ( )
Ley 1437 de 2011 ( (Artículo 194) )
Ley 1819 de 2016 ( )
Decreto 1068 de 2015 ( )
Decreto 2469 de 2015 ( )
Decreto 1342 de 2016 ( )
Resolución Externa de la DIAN No. 000063 del día 14 de noviembre de 2017 ( )
Circulares y directrices de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado a través del link ( https://www.defensajuridica.gov.co/normatividad/circulares/Paginas/circulares_2017.aspx )


 

Definiciones

SENTENCIA DEFINITIVA: : Es una decisión definitiva que toma una autoridad judicial por la cual resuelve una controversia que ha sido sometida a su conocimiento.

TRAMITE DE ESTADO OBSERVADO: : Es aquel en que permanece el trámite hasta que el usuario allegue la documentación requerida para demostrar el derecho reclamado, suspendiendo los términos hasta tanto se cumpla la condición o se aporte el documento.

RESOLUCION: : Acto administrativo emanada por la Administración por se manifiesta frente a sus administrados.

PILA: : Planilla integrada de liquidación de aportes. Pagos que deben hacerse al sistema de salud con ocasión de la sentencia.

ACTO ADMINISTRATIVO: : definido como la manifestación de la voluntad de la administración, tendiente a producir efectos jurídicos ya sea creando, modificando o extinguiendo derechos para los administrados o en contra de éstos

INCLUSION EN NOMINA: : Cuando lo ordenado en la sentencia se materializa en la Entidad, ordenándose los pagos a los beneficiarios.