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ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE
GESTIÓN

SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
PROCEDIMIENTO CUOTAS PARTES PENSIONALES ACREEDORES Y COMPENSACION


VERSION: 3.0

  CÓDIGO: APGCBSFIPT04   FECHA DE APROBACION: 9 - DICIEMBRE - 2013

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Tipo de proceso:  AP    APOYO
Proceso:  APGCO    GESTION DE COBRO
Procedimiento:  APGCBSFIPT04    CUOTAS PARTES PENSIONALES ACREEDORES Y COMPENSACION
Acrividades Responsable del Procedimiento:
 
   SUBDIRECTOR FINANCIERO
 
Actividades Entorno Entorno Imprimir Imprimir
Entorno
Objetivos Definir las actividades para realizar las acciones administrativas tendientes al pago a acreedores de la entidad por concepto de cuotas partes pensionales


 

Alcance Inicia desde la radicación del cobro o acreencia de cuotas partes pensionales y termina con la colocación de sellos de firma a las copias de la resolución de pago.


 

Documentos de consulta

Externos
CodigoNombre
382Circular Conjunta Min Hacienda y Min Trabajo No 21 de 2012
Internos
CodigoNombre
188Conceptos de la Oficina Jurídica
189Tabla de reajuste de Ley para pensiones
 

Relaciones Externas

Entes Territoriales y Nacionales


 

Interrelación de procedimientos:

REVISION Y RADICACIÓN DE CORRESPONDENCIA EXTERNA RECIBIDA PRESENCIAL
CORRESPONDENCIA EXTERNA ENVIADA POR CORREO CERTIFICADO
NOTIFICACION DE RESOLUCIONES EN BOGOTA
NOTIFICACION DE RESOLUCIONES FUERA DE BOGOTA

 

Normatividad

Ley 100/93 ( )
Ley 1066 de 2006 ( )
Ley 490 de 1998 ( )
Ley 4 de 1966 ( )
Decreto 435 de 1971 ( )
Decreto 446 de 1973 ( )
Ley 4 de 1976 ( )
LEY 6 de 1992 ( y su decreto reglamentario 2108/92 )
Decreto 2921 de 1.948 ( )
Ley 550 de 2009 ( )
Decreto Ley 19 de 2012 ( )


 

Definiciones

Acreedor : Una persona con respecto a quien le debe. Persona quien a cambio de entregar mercancías, bienes, derechos o prestar servicios, recibe una promesa de pago.

CONCURRENCIA : Obligación que tienen las entidades con las que el causante laboró, de aportar para el pago de su pensión.

REQUERIMIENTO : Dentro del proceso de contratación, un requerimiento se entiende como el documento mediante el cual el FONDO le exige a un proponente información adicional sobre: la propuesta presentada y/o los documentos que certifican su capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, capacidad administrativa, operacional y financiera; para poder realizar a cabalidad el procedimiento de evaluación de propuestas. La exigencia de información adicional a través de requerimiento NO admite de manera alguna la posibilidad de que el oferente pueda completar, adicionar, modificar o mejorar su propuesta, sino que, por el contrario, esta información es requerida para desarrollar más fácilmente el principio de selección objetiva.

COMPENSACION : Modo de extinguir deudas vencidas entre entidades que son recíprocamente acreedoras y deudoras, de manera que una se considera pagada por la condonación de la deuda que tiene con la otra.